Agresión de estudiante TEA a docente en Trehuaco: ¿Qué normativas existen y qué se investiga?

/ 31 de Marzo de 2025

EN CONTEXTO|

La convivencia de menores en el espectro autista está normada educativamente por dos leyes, además de reglamentos del Mineduc, según explica un experto en la materia.

Por Elías Meza Falcón

“Nunca había reaccionado así” reconoció la madre del estudiante con diagnóstico TEA (Trastorno del Espectro Autista) a un canal de televisión, mientras relataba la situación que llevó a su hijo a los titulares de todos los medios: él, estudiante de primero de medio en el Liceo Bicentenario de Trehuaco (región de Ñuble), había ocasionado lesiones de gravedad a una profesora durante una clase. Con un escobillón la golpeó en la cabeza y la docente terminó internada en la UCI de una clínica de Concepción.

La situación ocurrió el pasado lunes 17 de marzo, y fue ampliamente difundida por medios regionales y nacionales al día siguiente, ya que el caso trascendió luego que familiares, colegas y cercanos a la profesora organizaron una cadena de oración a través de redes sociales para pedir por su estado de salud.

Apenas el ministerio de Educación confirmó la condición del menor, la atención mediática se centró en ello. “Mi hijo es TEA, no es un delincuente”, defendía su padre, en otra entrevista. A las horas, la Superintendencia de Educación informó de una investigación al establecimiento y, en paralelo, la Fiscalía de Quirihue tomaba nota de lo ocurrido y abría una indagatoria por oficio.
Pero, ¿qué tiene que ver la Superintendencia? ¿Hay alguna normativa que regule qué hacer en casos como estos al interior de la sala de clases? Contactado por Revista NOS, Juan Pablo Catalán, académico e investigador de la Facultad de Educación y Ciencias Sociales de la UNAB, lo explica:

Las leyes

“En Chile, dos cuerpos fundamentales garantizan el derecho de los estudiantes TEA a educarse en establecimientos regulares: la Ley de Convivencia Escolar (N°20.536) y la Ley TEA (N°21.545), promulgada en marzo de 2023”, señala.

La primera es un documento que norma la convivencia de cualquier establecimiento escolar. Según detalla Juan Pablo Catalán, “se basa en principios de respeto, inclusión y no discriminación. Mandata a los colegios a contar con reglamentos internos que resguarden los derechos de los estudiantes e implementar planes de gestión de la convivencia con medidas preventivas, formativas y de apoyo psicosocial”.

En pocas palabras, es una ley que aplica para todos los estudiantes en general, las relaciones entre ellos y los funcionarios de los propios establecimientos. Sin embargo, la Ley TEA se centra exclusivamente en quienes han sido diagnosticados con el trastorno.

“La ley establece explícitamente el derecho de las personas con espectro autista a recibir una educación inclusiva en todos los niveles, en establecimientos regulares o especiales, según las necesidades y preferencias de cada estudiante y su familia”, resume Catalán.

En ese sentido, la Ley TEA demanda al Estado aplicar varias acciones: “Implementar ajustes razonables, recursos adecuados y equipos de apoyo. Obliga a los establecimientos a capacitar a su personal, docente y no docente, en el abordaje del TEA”, añade.
Así, hoy, por ley todos los establecimientos educacionales públicos deben estar capacitados para educar de igual manera a los estudiantes que estén en el espectro autista y tener protocolos para, por ejemplo, enfrentar episodios de desregulación.

La desregulación

La desregulación social o conductual puede ser motora (con movimientos) o emocional ante ciertas situaciones en que, según detalla un documento del Mineduc, “por la intensidad de la misma, no comprende ni logra expresar sus emociones o sensaciones, presentando dificultades para autorregularse y volver a un estado de calma”.

Es probable -pero aún no lo ha confirmado el Mineduc- que lo ocurrido en Trehuaco haya sido un episodio de desregulación.
¿Qué situaciones pueden gatillar una desregulación? No hay una sola respuesta. Depende de cada caso, por lo mismo el TEA se define como un espectro -es decir, un rango muy amplio de características y situaciones que varían en cada persona-.

Sin embargo, todos los establecimientos deberían estar preparados para actuar y contener una situación así. Eso, al menos, es lo que dice la Ley TEA.

Según explica Juan Pablo Catalán, “el establecimiento debe actuar conforme con los protocolos de la Ley de Convivencia Escolar y la Ley TEA; y también las orientaciones del Mineduc sobre gestión de la convivencia y atención a la diversidad”. ¿Qué demandan estas normativas? Que cada recinto tenga un reglamento interno actualizado que explique cómo reaccionar en estos casos.
“Este reglamento debe incluir un protocolo específico para situaciones de desregulación severa, con enfoque preventivo, formativo y no punitivo, que respete los principios de inclusión, dignidad y no discriminación”.
Y no solo eso. Los establecimientos cuenta con un equipo del Programa de Integración Escolar (PIE), quienes deben activar un procedimiento para brindar contención emocional, comunicar oportunamente a la familia y posibles medidas de flexibilización curricular (es decir, adaptar contenidos y evaluaciones a la situación del estudiante).

Todo esto debe ocurrir en cualquier recinto escolar del país. Eso explica la investigación que abrió la Superintendencia de Educación en el Liceo de Trehuaco y que mantiene en espera al Mineduc para un pronunciamiento formal y detallado sobre la dramática situación que terminó con la docente internada en la UCI.