La pandemia de COVID 19 ha provocado un grave impacto económico y social en Latinoamérica, que ha generado respuestas estatales de todo tipo. Algunas mejores que otras, pero, en general, unidas por la percepción de que no han estado a la altura de las circunstancias.
Según el BID, el gasto estatal promedio de ayudas dentro de Latinoamérica fue de un 8,5 % del PIB, versus el 18.8 % de Europa, USA y Japón. Por cierto, Chile ha sido felicitado por organismos internacionales por estar dentro de los primeros puestos de la región.
Curiosamente, la expansión del gasto público entre 2019 y 2020 fue de apenas un 2,7% del PIB, lo que es mirado por algunos como una hazaña y, por otros, como una tacañería, si se considera que tal cifra es inferior al 3,2 % promedio de las economías emergentes. Y que ese 0,5 % de diferencia podría haber llegado oportunamente a los más vulnerables.
Con todo, y tras tres retiros de fondos previsionales de por medio, junio nos trae un mayor esfuerzo fiscal en pos de paliar los efectos de la crisis. El 17 de junio recién pasado se publicaron dos leyes destinadas a más de 820 mil micro y pequeñas empresas, que implican un gasto cercano a los 3.300 millones de dólares.
La primera de las leyes es la 21.354. Esta ordena pagar la suma de un millón de pesos a las personas naturales o jurídicas que hayan iniciado actividades de primera categoría antes del 31 de marzo del 2020, por actividades exentas o no de IVA, y que cumplan los siguientes requisitos: ingresos desde 0,001 a 25.000 UF durante ese año y que hayan obtenido ingresos del giro, por dos meses, continuos o discontinuos, durante el 2020 o 2021, o bien, que hayan tenido contratado a un trabajador durante el 2020. Más, un bono variable calculado en base al promedio del débito fiscal declarado durante el año calendario 2019, con tope de dos millones de pesos. Estos montos serán incrementados en un 20 % cuando la persona natural o titular de la EIRL sea mujer. En otro acápite, se les otorgará un bono destinado exclusivamente al pago de cotizaciones previsionales.
La segunda de las leyes es la 21.353. Esta establece una serie de medidas tributarias, como reducir a cero la tasa del interés penal del artículo 53 del Código Tributario, para los impuestos que se giren desde el primero de julio hasta el 31 de diciembre del 2021. También entrega la opción de solicitar la devolución del remanente fiscal que se genere en los periodos tributarios IVA de junio, julio y agosto de 2021 y la extensión de patentes provisorias. Asimismo, hasta el último día de este año, el Servicio de Tesorerías condonará la totalidad de los intereses y sanciones por la mora en el pago de impuestos vencidos hasta el 30 de junio del 2021, otorgando facilidades en el pago de hasta cuatro años, sin intereses.
Por otro lado, se anuncian medidas destinadas a modificar el Fogape, las deudas previsionales, plan de capacitaciones 2021, y la discusión inmediata de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento.
La oportunidad y efectos de las medidas las veremos durante los próximos meses. Aunque desde ya surge la inquietud sobre si las transferencias directas de dinero a las mipymes serán capaces de aliviar el difícil momento por el que muchas de ellas atraviesan.