Deuda por pensiones alimenticias: “Ni Papitos corazón” se salvan de arresto nocturno

/ 22 de Noviembre de 2011

Menos Juanes, Ramones o Jorges estarían rumiando sus rabias a las puertas de El Manzano para cumplir con su arresto nocturno si los matrimonios o parejas resolvieran mejor sus conflictos de adultos, coinciden jueces de Familia que ponen el foco de sus  resoluciones judiciales, dicen, en el bienestar de los niños. Entre abril y noviembre 779 padres han cumplido o cumplen arresto nocturno por no pagar pensión alimenticia en los Tribunales de Concepción.  Y aunque mueran de vergüenza, como dicen, la PDI se encarga de ubicarlos tempranito en casas propias o de parientes. De la ley 14.908 no escapan ni los papitos corazón ABC1 ni los del grupo D y así lo prueban las cifras.


“¡Póngale, señorita! ¡Póngale  ahí que la jueza no lo deja ni hablar a uno…!”   pide Ramón (35) atropellándose en las palabras y en la rabia. Dos aspiradas más y el cigarrillo va a parar de lleno a la  suela de su zapato.  Ya es hora de entrar, dice medio nerviosón después de haber contado su historia y se aleja con su mochila al hombro. Ocho horas de sueño lo  esperan  tras rejas  como a otros tantos “papitos corazón” que no han pagado pensiones alimenticias a sus hijos, y que deben cumplir  hasta con 15 días de arresto  su falta la primera vez.
Anochece en Concepción y la fila que se había armado frente a El Manzano  desaparece en un dos por tres, apenas los dos gendarmes -encasquestados y armados-  abren la reja. No hay ni que mirar la hora: ya son las  10 de la noche -como habían dicho- y ordenaditos, todos avanzan hasta  el módulo especial donde permanecerán hasta las seis de la mañana. Algunos rezagados apuran el tranco. Han llegado así no más, con lo puesto; otros con una frazada más para capear el frío.
En el módulo de las reclusiones nocturnas, la mayoría duerme vestido  y a las seis de la mañana ya están saliendo en dirección a sus casas y a sus trabajos, como hace Juan, un obrero de la construcción. Tiene 50 años,  un hijo de 7  y está adeudando  $1 millón 200 mil.  “Habíamos quedado de acuerdo con ella  en que si podía pasarle más plata, se la iba a pasar, pero encontró pareja y hace tres años me demandó. Le pago 50 mil pesos, pero me quedé sin trabajo y me atrasé,  yo ayudo a mi madre y tengo que comprarme mis cosas, además. No me alcanza”, dice.
Es la primera vez que Juan cumple arresto nocturno. Ese día, llegó más temprano que los demás  hasta las rejas de El Manzano. Jugos y una que otra cosita para compartir “con los compañeros” guarda en la bolsa de supermercado que cuelga de su brazo. “Ahí nos contamos nuestras penas…”, dice, algo resignado.
De 220 detenidos en 2010 por incumplir la Ley 14.9008 sobre pensiones alimenticias, entre abril y los diez primeros días de noviembre de este año,  el número aumentó  a 779 detenidos, como resultado de una mejor coordinación entre los tribunales de Familia, la PDI y Gendarmería para cumplir con las órdenes de los jueces.
De la ley no se escapan ni los papitos corazón ABC1, ni C2 ni C3 pues ahora la policía está mandatada para allanar si es necesario y Gendarmería para recibir durante las 24 horas del día  y durante los 365 del año a estos detenidos y no sólo  en horario de oficina, de lunes a viernes y hasta las 17 horas, gestión que el comisario de la Brigada de Delitos Sexuales y Menores, Claudio González  Reyes, resume así: “Antes, cuando el policía llegaba a un domicilio determinado para cumplir con la orden de arresto, tocaba la puerta y nadie atendía cuando se daban cuenta que era la policía. Ahora eso se acabó: si no abren la puerta, ingresamos por la fuerza y lo llevamos detenido”.
Un  equipo especial de la Brigada de Delitos Sexuales y Menores, Brisexme, de la PDI,  a cargo del detective Cristopher Vélasquez Salas sigue buscando a más infractores, estén donde estén. Tempranito, con las respectivas  órdenes del tribunal de Familia, llegan a  detener para  ponerlos a disposición de la justicia a requerimiento de la demandante. “Por lo general, no hacen mayor escándalo, suben al vehículo y cooperan; hay algunos sí que intentan evadirse, arrancar o esconderse”.
Y ellos, cuentan que mueren de vergüenza cuando la PDI llega a buscarlos porque “se entera todo el vecindario”. Ramón es obrero de la construcción, tiene 35 años y debe $400 mil de la  pensión  alimenticia de su hija de 7 años. Como en el fútbol, las cosas no se dieron, dice.  Alcanzó a pagar dos meses “y quedé parado por pega,  uno no va a salir a robar…” Alega contra la jueza – “¡a uno no lo dejan ni hablar y al final es mejor quedarse callado!”-, contra la PDI que lo sacó a las 6 de la mañana de su casa para que compareciera ante el tribunal y contra su ex conviviente, con la que vivió 8 años, y que ahora lo demandó. Para más colmo, la inocente pregunta de la hija: “papito, ¿a dónde duermes tú ahora?.. ¿en  la cárcel?”  lo tiene liquidado  anímicamente y la niña, incapaz de guardar el secreto,  hasta se lo contó a su profesora. “¡Oiga, si yo no soy ningún delincuente…!”
Dice ser un buen trabajador que, por primera vez pisa la cárcel. El día aquel le faltaban tres para cumplir con el primer arresto de 15 días: “Cuando salga, voy a ir al juzgado; a saber en qué va a quedar mi caso. Voy a depositar algo y a ver si puedo repactar. Si  al menos la jueza me diera un mes de plazo…”
El arresto nocturno ha resultado ser la vía más efectiva para compeler al pago de la pensión alimenticia, pero en ningún caso es  una condena o una medida privativa de libertad como sí lo es  (y en ese caso se llama reclusión nocturna) para algunos delitos de baja gravedad como ocurre con infractores por deudas previsionales o de tránsito que sí cumplen una medida alternativa al de la condena, explica el ex juez de Familia, profesor y director del magíster Derecho Procesal de Familia de la UCSC,  Cristián Gutiérrez Lecaros. “O el alimentante paga o busca formas de pagar, propuesta que tiene que ser aceptada por el tribunal para dejar sin efecto la orden de arresto que puede ser hasta  por 15 días corridos”. Y si el hombre  persiste en el incumplimiento después de dos períodos de arresto nocturno, se le puede apremiar con arresto total hasta por 15 días. En caso de contumacia, el tribunal puede imponer arrestos totales hasta por 30 días.
Por estos días, hay gente con arresto nocturno en El Manzano que está adeudando $ 7 millones, $19 millones y hasta $22 millones por pensión alimenticia. El dinero debe depositarse en una libreta de ahorro del BancoEstado de acuerdo con la disposición del tribunal para cautelar los derechos de alimentos, pero algunos, explica el detective Velásquez, por ignorancia,  se lo entregan  directamente a las mujeres, quienes  terminan  igual por demandarlos. “Todo el movimiento de dinero debe registrarse en una libreta de ahorro que permite al tribunal calcular cuánto hay y cuánto se adeuda”, dice.
Le pasó al mismo Juan. Con su mujer se conocieron cuando ella ya tenía una niña de tres años y él, dice, la crió hasta que se recibió como profesional administrativa. “La hice de papá -y no estoy representando nada- pero fue muy fuerte que me demandara.  Al padre de esa niña nunca le exigí nada y mire cómo me pagan…  Yo  tenía que pagar $70 mil mensuales, empecé  a darle de a 50 mil y en 5 años la deuda se fue  acumulando. Tengo todos los comprobantes”.
A Matías, su hijo, hace 4 años que no lo ve porque la madre se fue a Santiago con su nueva pareja. “Soy su padre y no lo puedo ver”, se queja, al tiempo que, dice,  el sistema  le está dando todas las facilidades a las mujeres y a los hombres, “cargándolos”. A las puertas de El Manzano, quienes escuchan, asienten y se elevan voces reclamando por lo mismo.

El niño, moneda de cambio

Desde  su experiencia como ex juez de Familia, Cristián Gutiérrez Lecaros admite que los hijos de matrimonios o parejas separadas pasan a ser una suerte de moneda de cambio en situaciones como éstas. Lo advierte desde el lenguaje que emplean las partes para negociar o manejar  las cosas: “Sí, es cierto que hay una cosificación de los niños, una especie de moneda de cambio. La gente dice “no te voy a pasar a los niños o no te los voy a devolver”. O “si me pagas más pensión, sí te voy a pasar al niño o te lo voy a pasar más tiempo” o, al revés, de parte del alimentante “si tú me pasas al niño, yo te doy la pensión”. Reconozco esta realidad, estas negociaciones  que se producen para manejar situaciones estableciendo al niño como moneda de cambio. Lo  hacen  las madres y también los padres”.
-¿Es verdad que algunas mujeres (demandantes)  “inventan” que el hijo (a) ha sido abusado (a) por el padre  en venganza por las bajas pensiones,  impidiendo que los  puedan ver mientras  el tribunal investiga la denuncia respectiva, como dicen integrantes de amordepapá.org.?
“Una situación como esa no la voy a descartar ni a tener por acreditada. No me consta, pero tampoco voy a cerrar los ojos y a decir que no es cierto”.
-Y ¿por qué tanta rabia contra la ex pareja?
“En la mayoría de los casos son conflictos de parejas no resueltos por los más diversos motivos”.
-¿Pesa más la rabia de uno contra el otro perjudicando de paso a los hijos? 
“La casuística de por qué razón ocurre esto, da para hacer un estudio sicológico: Me acuerdo de un matrimonio que se separó por una infidelidad de ella y ella llevó a su nueva pareja a vivir a la casa matrimonial;  el marido  sentía que estaba pagando una pensión para sus hijas, pero además “beneficiando” a esta otra persona que no aportaba nada. Otro caso frecuente es el caso de los padres que, cuando forman una nueva familia, casi se desvinculan sicológicamente de su anterior familia. Es bien crudo y dramático esto, pero ocurre con mucha frecuencia; ellos establecen una suerte de “frontera mental” con todo lo que ocurrió con la anterior familia”.
-¿Es un comportamiento  transversal?
“Es igual en todos. Uno encuentra el caso del padre que por un conflicto no resuelto con su mujer, deja de pagar la pensión; de aquel que deslinda sus responsabilidades cuando forma una nueva familia, se siente más comprometido con la nueva situación, toma distancia de la anterior y se vuelve indiferente a lo que ocurre con su primera familia.
O el otro, que siente “injusta” la pensión que le establecieron en su momento y piensa que la madre podía aportar más; y en otros casos en que cambia la “fotografía socioeconómica” porque perdió el trabajo, tuvo que dejar de pagar y se fue acumulando la deuda -la pensión alimenticia se reajusta semestralmente  según la variación del IPC- porque no fue al tribunal ni tomó contacto con la madre para llegar a una instancia de mediación, de acuerdo,  o iniciar una acción de rebaja de pensión de alimentos o hasta de cese del pago, aunque no  es lo frecuente. En esto hay mucha desidia.
En otros casos más complejos,  algunos tratan de cualquier forma de eludir su obligación alimenticia. Por eso, en términos probatorios, la Ley 14.208, de alimentos estableció una de serie de mecanismos  que le permitan al juez recabar antecedentes del patrimonio y capacidad económica del alimentante. Incluso estableció sanciones penales para quienes hicieran ocultamiento de su patrimonio, así mediante una acción de rápida tramitación  todo aquello que salió de alguna forma fraudulentamente, se reincorpora al patrimonio para ser considerado”.

Amor de papá

En Santiago existe desde hace cuatro años el movimiento social Amordepapa.org creada por el periodista David Abuhadba para denunciar “los abusos y discriminaciones que sufren los papás en los tribunales de Familia” y agregan que sus hijos  son maltratados sicológicamente por sus propias madres, quienes les enseñan a rechazar e incluso a odiar a su progenitor y a todo su entorno familiar y social, desarrollándoles lo que mundialmente ha sido denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP), un maltrato sicológico aún más grave que un abuso físico o sexual que puede llevar a los hijos en edad adolescente a la drogadicción, alcoholismo y, en casos extremos, al suicidio, dice su presidente nacional, Patricio Retamales.
En menos de cuatro años, y se sienten orgullosos por ello, lograron ingresar un proyecto de ley al Congreso que busca la igualdad para papá y mamá en el cuidado de los hijos en el caso que exista separación de los progenitores.
“Nuestro país está muy atrasado en cuanto a tener una legislación moderna que proteja efectivamente los derechos de los hijos de padres separados. En Brasil y Colombia ya rige una ley de custodia compartida y/o de corresponsabilidad parental. Los tiempos han cambiado, la mujer debe tener los mismos derechos que el hombre. Nosotros somos papás que queremos vivir activamente el crecimiento y formación de nuestros hijos, y por eso estamos trabajando con todas nuestras energías, talento y amor en su concreción”.
Jorge Valenzuela Chávez (42) es penquista, eléctrico,  y aunque desconoce la existencia de esta organización y sus propósitos, reclama porque su ex mujer no lo deja ver a su hijo Francisco, de 14 años. “No me deja entrar a la casa y le dice  al niño que soy un hombre malo,  yo me tomaba mis traguitos, es cierto, pero nunca le falté el respeto; al contrario, ella me pegaba a mí”.
Desde hace tres años el matrimonio está separado, vive con sus padres y aunque Francisco le pide  que cambie y vuelva a la casa, no está dispuesto. “Con lo que me hizo ahora, menos volvería a la casa; me demandó por estar atrasado, debo 292 mil pesos, pero ella  trabaja  en un centro médico y gana su buen sueldo. Es injusto todo esto. Sé que mi hijo necesita dinero; cuando salgo con él le compro cualquier cosita, la última vez fue un celular que me costó 100 lucas y ahora último, zapatillas; me pide plata y yo le paso. Ahora último fue al campo, donde mis suegros y no entiende que yo también tengo derecho a verlo más tiempo”.
– ¿Sufre por esto?
“No lo doy a demostrar, pero lo llevo por dentro”.

“Nuestro foco es el bienestar de los niños”

Para la juez presidente del tribunal de Familia de Concepción, Antonella Farfarello Galleti, el foco de cualquier medida legal tendiente al pago del alimento está pensado en el bienestar de los niños. “Esa es nuestra tarea, ese es nuestro enfoque”, dice esta abogada egresada de la Universidad de Concepción, casada, madre de dos hijos, y una enamorada del Poder Judicial, del Derecho y del Derecho Civil aplicado a la familia en particular. “Me gusta lo que hago”, dice.
Y a las críticas de los arrestados nocturnos que las acusan de ser demasiado severas para favorecer a sus congéneres, responde: “Nosotras sólo hacemos cumplir la ley que nos da parámetros y objetivos para regular una pensión de alimentos. Aplicamos la ley teniendo en consideración las necesidades de los niños y las facultades económicas de ambas partes. En consecuencia, si una persona tiene escasos ingresos, la pensión se fijará en proporción a esos escasos ingresos y a las otras cargas que esa persona pueda tener”.
-¿Qué es más difícil: hacer cumplir la ley para la gente ABC 1 o del grupo C2, C3 ó D?
“Siempre va a ser más fácil obtener el cumplimiento respecto de una persona que tiene más recursos, pero los mecanismos para este tipo de cumplimientos son los mismos para cualquier persona. La única diferencia es que uno tiene más bienes para hacer efectivo el cumplimiento, y la otra no o muy pocos.
-¿Qué es lo que pasa, de acuerdo con su experiencia, para que los padres no paguen estas pensiones?
“Habría que distinguir entre personas que realmente no tienen ingresos (enfermos, discapacitados) y aquellos que pudiendo hacerlo, no lo hacen. Pienso que esta resistencia se relaciona con el conflicto no resuelto que tuvo o tiene con la madre de sus hijos, lo que se traduce en una falta de empatía respecto de las necesidades del niño. O, muchas veces y pese a que el juez falla con antecedentes objetivos, las resoluciones no satisficieron las pretensiones del alimentante que lo transformó en incumplimiento. No es el camino, por cierto.  En un conflicto  siempre hay una parte disconforme
-¿El sistema ampara más a la mujer, como critican los arrestados?
“Es una percepción, pero no la realidad. Nosotros, únicamente, velamos, privilegiamos y tenemos como foco el interés superior de los niños, adolescentes o mayores de edad (hasta 24 años) que estén estudiando. Por regla general, que estos niños estén a cargo de sus madres es una casualidad, pero si estuvieran a cargo del padre  y éste no trabajara y sí la madre, tendríamos que actuar igual. Tengo incluso algunos casos de esta naturaleza, son pocos los casos, pero la tendencia puede ser para allá: que un padre se encargue de los hijos, los mantenga y no demanda ni molesta a la mujer por pensión si es que ella trabaja. Hay un proyecto de ley para regular la tuición compartida de los hijos.
-Integrantes de la organización “Amor de papá” se sienten endemonizados por los jueces de Familia, discriminados también por lo que estiman una separación injusta de los hijos. ¿Están en lo cierto?
“Puedo hablar por mí y por lo que veo de mis colegas: todos estamos muy comprometidos en buscar la mejor solución para el niño. Lógicamente, que si vemos que va a ser bueno para él mantener una relación con su papá, es inaceptable pensar que un juez no va a dar esta posibilidad. Esta organización a mí me merece respeto; es valioso que los padres se organicen y luchen por estar más tiempo con sus hijos y no los endemonizo para nada. A lo mejor han tenido una mala experiencia, pero eso no significa que la regla general sea ésa”.
-¿Remedia esta suerte de “pasantía” por la cárcel la situación del pago de alimentos? 
“Privar de libertad a una persona jamás puede ser considerado como un remedio, entendiéndolo como una solución al problema, pues aunque cumpla el alimentante el apremio personal, no queda liberado de su obligación de pagar la deuda.  Por ello, previo a decretar la media de apremio se le notifica el monto de la deuda y tiene un plazo de tres días para formular objeciones o plantear que carece de los medios necesarios para el pago, proponiendo su solución en cuotas u otorgando cauciones. Cualquier forma que proponga será ponderada por el Tribunal. Es más, aún cuando no lo haga dentro del plazo indicado, despachado el arresto, también puede acercarse y plantear su situación proponiendo alguna solución, lo cual generalmente es considerado, si su ofrecimiento o los antecedentes presentados son razonables, y teniendo siempre en mira el interés superior de los alimentarios”.
– Desde su experiencia, ¿qué tipo de personas se resiste más al pago de pensiones alimenticias y al arresto nocturno? Recuerda algún caso que le haya impactado más por la tozudez  o rebeldía de pagar pensión?
“Por regla general, la resistencia al pago-entendiendo que el alimentante tiene medios para hacerlo- tiene su origen en la postura frente al conflicto suscitado entre los padres o adultos responsables de los alimentarios. Esta animosidad negativa y con intereses contrapuestos tiende a rigidizar posiciones lo que hace que, frente a la obligación de pago, no focalicen el real interés en juego, que es el de los niños, adolescentes o hijos mayores que se encuentran estudiando. Si así fuese, existiría una menor judicialización de los casos”.

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