La felicidad como derecho fundamental

/ 7 de Febrero de 2022

 

Alvaro Fernández Ferlissi, Abogado.

En uno de los momentos más complicados de la pandemia, y mientras miles de chilenos disfrutan de sus vacaciones, la convención constituyente camina a pasos agigantados en la elaboración de una nueva constitución. Una carta magna, donde la felicidad sería reconocida como un derecho fundamental, adquiriendo el Estado el deber de garantizar su búsqueda y ejercicio.

Felicidad que resulta paradojal, si consideramos la incertidumbre que están generando algunas propuestas que comienzan a ser votadas en comisiones.

Hace algunos días se podía ver a un importante constitucionalista de izquierda promoviendo y explicando su idea de eliminar el Tribunal Constitucional, y, peor aún, de terminar con la función preventiva que este ejerce. Una proposición que, de concretarse, conducirá a que sean los ciudadanos quienes individualmente, a través de un juicio, tendrán la carga de demostrar el carácter inconstitucional de una ley ante la Corte Suprema, con todos los gastos y tiempo que aquello implica.

En la misma vereda, el 20 de enero pasado, ocho convencionales presentaron una iniciativa que terminaría con la inamovilidad de todos los jueces del país, cuestión que pone en serio riesgo la independencia del Poder Judicial, elemento esencial de toda democracia. Dicha iniciativa ya fue aprobada en general por la comisión de Sistema de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional de la convención, fijándole a los jueces de la República una duración en sus cargos de 8 a 15 años.

Según lo que se ha conocido, la designación y renovación de los jueces la realizaría un Consejo Superior de la Magistratura, compuesto, en parte, por personas ajenas al Poder Judicial. Dicha medida importa el control permanente de la actividad jurisdiccional por otros poderes, vale decir, el debilitamiento del sistema democrático.

“Esperemos que el escaso tiempo del que disponen los constituyentes no esté afectando el estudio, la reflexión y la votación de sus propuestas, para que este derecho a la felicidad no termine en una mera declaración de buenas intenciones…”.

Si se quería avanzar en la independencia de este poder, todos los miembros del órgano de nombramiento y renovación deberían ser jueces. A menos, claro está, que no se crea en tal principio. Y si es así, debería explicitarse a tiempo para que el ciudadano que vote la propuesta de nueva constitución sepa con claridad que la justicia que recibirá durante las próximas décadas estará salpicada con la opinión del político de turno.

En lo que toca al Poder Legislativo, se acaba de aprobar en general la propuesta del Partido Comunista de crear un parlamento unicameral, plurinacional y  paritario. La concepción de un congreso unicameral la encontramos en Venezuela, Perú, Nicaragua, Israel, Finlandia y Dinamarca. El beneficio se encontraría en la rapidez con la que se tramitarían las leyes y, el perjuicio, en la falta de reflexión y en la calidad de las normas que se dicten.

En fin, todas ideas que están siendo redactadas contra reloj, cuyo contenido podría entrar en pugna con la felicidad que la misma ley fundamental pretende asegurar como derecho.

Hay un viejo aforismo que nos dice que la premura es enemiga de la calidad. Esperemos que el escaso tiempo del que disponen los constituyentes no esté afectando el estudio, la reflexión y la votación de sus propuestas, para que este derecho a la felicidad no termine en una mera declaración de buenas intenciones, al no existir tribunal independiente que se atreva a acoger las demandas o acciones que se pudieran promover en contra del Estado por el incumplimiento de este nuevo deber.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de Revista NOS.

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