Nada es gratis en la vida

/ 16 de Septiembre de 2020
Álvaro Fernández Ferlissi Abogado

Que nada es gratis en la vida y que el papel aguanta mucho son ideas inamovibles en cualquier parte del mundo. En nuestro país proliferan los ejemplos a nivel constitucional. Uno de ellos es el Nº 9 del artículo 19 de nuestra carta fundamental, el cual establece que nuestro Estado se encuentra obligado a que sus habitantes vivan en un medio ambiente libre de contaminación. Una obligación que se transforma en letra muerta para quien resida o se traslade a Santiago en junio o julio de cualquier año.

Si observamos por otro lado, el derecho a la salud del Nº 9 del mismo artículo, apreciaremos que, tras largas décadas de incumplimiento, hace muy poco el Estado ha comenzado a ejecutar su deber de proporcionarla a enfermos cuyo tratamiento es excesivamente cuantioso y esto, siempre y cuando, se ejerza una acción de protección en su contra y así lo ordene la Corte Suprema. Para qué hablar de aquellos casos en que los pacientes han muerto esperando una operación.

Y es que el problema de fondo es que más allá de la constitución que nos rija, los diversos Estados en casi todo el mundo no se caracterizan por ser buenos cumpliendo con sus deberes, incluso, para con sus propios funcionarios. Lo que es así, pues los políticos de turno, si bien saben prometer, excusarse y cobrar altas sumas de dinero por su trabajo, no son buenos haciendo la labor para la que fueron elegidos.

El catálogo escrito de los derechos constitucionales es el principal instrumento jurídico que resguarda a los gobernados frente al Estado. Si no estuvieran recogidos en la carta magna, con mayor razón veríamos a sus representantes discutiendo en estrados judiciales sobre su existencia. Lo hacen hoy que están escritos.

Con todo, y tanto o más importante que la existencia de un catálogo de derechos, es que el mismo texto constitucional se preocupe de velar porque el sistema económico sea capaz de generar los recursos que permitan el pago de los bienes y servicios con los que se cumplirán tales derechos. No se puede ir a comer y pedir langosta, si no contamos con recursos para pagar la cuenta.

Sabido es que sin actividad económica no hay trabajo ni, menos, impuestos.

Y sin tributos no hay recursos para que el Estado pueda cumplir con la satisfacción de los derechos contenidos en su constitución.

…tanto o más importante que la existencia de un catálogo de derechos, es que el mismo texto constitucional se preocupe de velar porque el sistema económico sea capaz de generar los recursos que permitan el pago de los bienes y servicios con los que se cumplirán tales derechos. No se puede ir a comer y pedir langosta, si no contamos con recursos para pagar la cuenta”.

Lo que nos recuerda esa gran verdad que escuchamos desde pequeños, y que opera para todo ser vivo: sin trabajo no se come, por mucho que un papel diga lo contrario.

Siendo este el panorama, y en el evento que se apruebe la idea de redactar una nueva constitución, sería bueno que además de incorporar los actuales principios tributarios constitucionales, se genere un articulado que garantice en forma explícita la invariabilidad tributaria, como se hiciera con el antiguo Decreto ley 600. También, se reconocieran los derechos de los contribuyentes y, por último, se consagrase un principio moderno de control del gasto público, que permitiera a cualquiera verificar su eficacia en forma pública y transparente.

Si el Estado no es capaz de cumplir con los derechos garantizados en la actual constitución, tras endeudarnos durante una década, desde un 5,8 % del PIB en el 2009 a un 27,2 %, el 2019, proyectándose a un 38 % para el 2024, parece que, de verdad, el causante del problema no es la constitución vigente, sino que nuestros políticos.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de Revista NOS.

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