Hoy comienza la tramitación de la reforma que hablitará un nuevo proceso constituyente

/ 13 de Diciembre de 2022
Crédito: Senado de Chile.

Luego de tres meses de conversaciones, los diálogos constitucionales dieron como resultado el Acuerdo por Chile, que define un órgano redactor totalmente electo, una comisión experta designada por el Congreso y bases constitucionales que deberá contener el texto. El proyecto para la habilitación de este nuevo proceso constituyente comenzó a tramitarse hoy en la comisión de Constitución del Senado. 

 

Y finalmente salió humo blanco. Un Acuerdo por Chile, que fue presentado por los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados a eso de las 21,30 horas del lunes 12 de diciembre, es el inicio de un segundo intento por cambiar la actual constitución chilena. El texto fue firmado y avalado por un número importante de fuerzas políticas. No adhirieron Republicanos ni el Partido de la Gente.

En lo medular, el acuerdo establece que un consejo constitucional, conformado por 50 consejeros electos por la ciudadanía, será el encargado de discutir y aprobar una propuesta de texto de nueva constitución. Su labor estará acompañada de una comisión experta, conformada por 24 integrantes, elegidos en partes iguales por cada rama del Congreso, en proporción de las fuerzas políticas que sellaron el acuerdo.

Se habilita el proceso constituyente
Para iniciar el nuevo proceso constituyente será necesario un proyecto de ley para reformar la actual constitución. Esta iniciativa contiene los bordes o márgenes que deberá tener el texto que discutirá el consejo constitucional.

Se trata de 12 bases, entre las que destacan que Chile es un estado unitario y descentralizado, que la constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos, y que se reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible, entre otras. (Ver recuadro).

Firmaron el documento los representantes de la UDI, Renovación Nacional, Evópoli, Partido Demócrata Cristiano, Partido Radical, Partido Liberal, Partido Socialista, Partido Comunista, Partido por la Democracia, Partido Comunes, Partido Federación Regionalista Verde Social, Convergencia Social, Revolución Democrática y Acción Humanista, además de los movimientos Amarillos por Chile, Demócrata y Unir.

Crédito: Senado de Chile.

Los conceptos que deberás conocer

Consejo constitucional: es el símil de lo que conocimos como convención constitucional en el anterior proceso. La diferencia es que este órgano ahora estará compuesto por 50 personas que serán electas por votación popular, de acuerdo con el sistema electoral aplicable a las circunscripciones senatoriales, bajo sufragio universal y obligatorio. Ellos competirán en listas abiertas compuestas por partidos o pactos de partidos, que podrán incluir a independientes. El consejo será paritario y estará integrado por escaños indígenas supranumerarios (que se suman a los 50 consejeros electos). La cantidad de consejeros indígenas será determinada de acuerdo con el porcentaje de votación efectiva en la elección.

La labor del consejo constitucional será discutir y aprobar una propuesta de texto de nueva constitución y se disolverá una vez que haya cumplido su tarea. Las normas constitucionales propuestas se aprobarán por las 3/5 partes de los consejeros en ejercicio. La propuesta final se someterá a una aprobación del consejo por el mismo quórum.

Comisión experta: conformada por 24 personas “de indiscutible trayectoria profesional, técnica o académica” y de composición paritaria. 12 serán designados por la Cámara de Diputados y 12, por el Senado, en proporción a la representación de las distintas fuerzas políticas. Esta comisión experta redactará un anteproyecto que servirá de base para la discusión y redacción del nuevo texto constitucional que hará el consejo constitucional. Las decisiones de la comisión se tomarán por un quórum de 3/5 de sus miembros.

Esta comisión comenzaría a funcionar en enero del 2023, y sus integrantes podrán estar presente en el trabajo que realice el consejo constitucional, donde tendrán derecho a hacer uso de la palabra.

Comité técnico de admisibilidad: estará compuesto por 14 personas (que actuarán como árbitros), juristas de destacada trayectoria profesional o académica, que serán elegidas por el Senado en virtud de una propuesta de la Cámara de Diputados. Ambas votaciones deberán contar con el apoyo de 4/7 de los miembros en ejercicio. Tendrá a su cargo la revisión de las normas aprobadas en las distintas instancias que se presenten en la comisión experta y en el consejo constitucional, a fin de determinar una eventual inadmisibilidad de estas cuando sean contrarias a las bases institucionales

Itinerario constitucional

Tal como sucedió en el anterior proceso, la propuesta de constitución deberá ser ratificada o rechazada por la ciudadanía en un plebiscito que tendrá voto obligatorio.
Pero el inicio del proceso, igual que en el primer intento, es un proyecto para poder reformar la constitución del 80. Este texto será tramitado en primera instancia por la Cámara de Diputados. Una vez que sea aprobado por ambas cámaras, quedará habilitado este proceso constituyente y comenzará así el itinerario para redactar una nueva propuesta de carta marga. Las fechas que se proyectan para esta ruta son:

  • Enero 2023: Instalación de comisión experta.
  • Abril de 2023: Elección de consejeros constitucionales, con voto obligatorio (La elección de los constituyentes no tuvo este requisito).
  • 21 de mayo de 2023: Instalación del consejo constitucional.
  • 21 de octubre de 2023: Entrega proyecto de constitución.
  • 26 de noviembre de 2023: Plebiscito ratificatorio con voto obligatorio.———————————————————————————————-
    LAS BASES CONSTITUCIONALES
    • Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en su pueblo.
    • El Estado de Chile es unitario y descentralizado.
    • La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile que se encuentren vigentes. La constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia, contrario a los derechos humanos.
    • La constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.
    • Chile es un Estado social y Democrático de Derecho, cuya finalidad es promover el bien común, que reconoce derechos y libertades fundamentales, y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal, y a través de instituciones estatales y privadas.
    • Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.
    • Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí: Poder Ejecutivo, con un jefe de Gobierno con una iniciativa exclusiva en el gasto público. Poder Judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas, y Poder Legislativo bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputadas y Diputados, sin perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular.
    • Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, justicia electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.
    • Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, el derecho a la propiedad de sus diversas manifestaciones, la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros.
    • Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil, la existencia de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones. La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.
  • • Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.

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